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Programa de Investigación y Desarrollo Experimental

 

 

 

 

La invención no conlleva, necesariamente, su uso o aplicación social. Hay miles y miles de invenciones que no se transforman en innovaciones, es decir, que no llegan a ser aplicaciones de uso social.

 

También hay miles y miles de invenciones que se llevan a la aplicación, a su utilización y uso social. Es aquí donde aparece el derecho humano a utilizar programas, objetos o servicios que eleven y garanticen lo mejor de la vida. Un fármaco, un detergente y así todos los productos inventados por el hombre deben cumplir una función de beneficio social, no de enajenación o de muerte.

 

Para ello es necesaria una Actividad Científica y Técnica, ACT, que controle, registre la adecuada calidad de la invención. Es eso lo que se denomina Desarrollo experimental.

 

Desarrollo Experimental será, entonces, la Actividad Científica y Tecnológica orientada a utilizar los resultados de la Investigación Básica y de la Investigación Aplicada, así como también los conocimientos empíricos, de tal modo que se facilite,  la introducción al mercado o al servicio, previo control de sus resultados, mediante el diseño, construcción y prueba de modelos y prototipos e instalaciones experimentales que garanticen el beneficio social de la Invención.

 

Articulo Lizardo Carvajal.

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